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Cuando una decisión judicial empodera a un abusador

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Por Mariana Fernández Camacho*

A mediados de junio, la Sala IV de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Plata a cargo de la jueza María Elia Riusech sobreseyó a un hombre acusado de abuso sexual de su hija de cuatro años. Según los peritajes encargados por las partes y la justicia, la conducta del varón hacia la nena incluía “connotaciones sexuales fuera del patrón esperado en esta sociedad“. Luego del sobreseimiento, el abusador reclamó un régimen de visitas con la nena –que ahora tiene 10 años y que no quiere verlo- y con una hermanita nacida hace seis años –aunque en este tiempo no se ocupó de la manutención de ninguna de las dos-, y solicitó un traslado laboral a la misma área del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) en la que trabaja su ex esposa.

 

“C.C. no padece trastorno psíquico que pudiera afectar su autonomía. Sus características de personalidad predominantes son la extroversión y la seguridad en sí mismo. Su actitud y oferta de información configuran pasajes de tendenciosidad tendientes a ofrecer/ presentar una imagen adaptada. Se verificaron elementos comunicacionales relacionados con creencias y conductas que normalizan la interacción paterno filial con connotaciones sexuales fuera del patrón esperado en esta sociedad”. Así concluían, en noviembre de 2011, el equipo médico psiquiátrico designado como parte del peritaje tanto de la parte denunciada como de la denunciante y el perito psiquiatra forense de la Asesoría Pericial Departamental.

Dos años antes, C.C. había sido denunciado penalmente por su mujer por abuso sexual de la hija de cuatro años que tenían en común. Sin embargo, a mediados de junio de 2015 la Sala IV de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Plata, que preside la Dra. María Elia Riusech, confirmó el sobreseimiento del acusado y hoy existe un pedido de régimen de visitas que, de hacerse a lugar, obligaría a una niña de 10 años a revincularse con quien ella reconoce como su abusador.

“Estamos preparando un recurso ante el Tribunal de Casación para revertir el sobreseimiento que dictó el Juzgado de Garantías nº 6 de La Plata, a cargo de Fernando Mateos, y que después confirmó la Cámara de Apelación. Lo que cuestionamos es que Mateos acortó los tiempos de prescripción que contempla el Código Penal y además sigue sin negarse la responsabilidad del acusado. Sin embargo, no tenemos la mejor perspectiva. Cuanto más se sube en el proceso judicial más se tarda en obtener una respuesta y más complejo es revertirlo”, explica Analía Carrillo, una de las patrocinantes penales de Gabriela Giordano, la mamá denunciante.

Entre los argumentos, el Juez de Garantías plantea que “…la entrevista psicológica previa arrojó como resultado que la pequeña no estaba en condiciones de declarar”. Se refiere al intento, a fines de 2013, de hacer una Cámara Gesell: a último momento la hija mayor de Gabriela no quiso hablar. Pero esa imposibilidad de una nena de ocho años de contar el abuso a un desconocido no debería poner en duda que el abuso existió. Mucho menos dejar afuera informes de dos psicólogas, una pediatra y los testimonios de dos mamás y un papá de amiguitas con quienes la niña sí habría podido hablar de lo que vivió de más pequeña.

“Sentar a una criatura donde no debe estar es violar el derecho a ser oída porque se la silencia —señala el Dr. Carlos Rozanski, autor del proyecto que dio lugar a la Ley 25.852 que modificó el Código de Procedimiento para casos de abuso sexual infantil (ASI)—. Oír a la víctima no es poner la oreja: es crear condiciones adecuadas para que se exprese según su etapa evolutiva y su nivel de trauma que le permitirá expresarse mediante el juego, el dibujo o la palabra, una decisión que debe evaluar el especialista”.

A contramano, el Juez Mateos dice: “Han pasado en definitiva al momento más de cinco años de una infructuosa y controvertida investigación instada a partir de la denuncia de una serie de situaciones que podría espejar ofensas sexuales de un padre sobre su hija menor. Ninguna imputación concreta y formal logró plasmarse en ese tiempo…” Y finaliza: “Resuelvo: Hacer lugar a la petición de la defensa y declarar la extinción de la acción penal por prescripción en la medida que constituye la vía jurídica idónea para determinar el cese de la potestad punitiva estatal, en resguardo del derecho constitucional del imputado a ser juzgado en un plazo razonable y, en consecuencia, dictar el sobreseimiento total a favor de C.C. con relación a los hechos de la presente causa”.

“Me quiero enfermar…”

Corría el año 2009 cuando Gabriela empezó a preocuparse seriamente por las continuas conductas erotizadas de su hija de cuatro años. Se masturbaba varias veces en el día. Se tocaba compulsivamente. Tampoco entendía las angustias, el pis que empezó a escaparse en todos lados (en la calle, en el jardín, en un cumpleaños), el capricho por no querer volver a casa, los garabatos en un libro diario que “leía” en voz alta: “Hoy fue el día más triste de mi vida”, “me quiero morir”, “me quiero enfermar”.

Gabriela habla bajito. Revive despacio los momentos previos al momento que le cambió la vida para siempre. A ella y a sus hijas. “Yo estaba embarazada y pensé que estas actitudes podían tener que ver con algo del embarazo. Igualmente la llevé a una psiquiatra que trabaja con niños, recomendada por una cuñada psicóloga. El día de la cita me pidió que espere afuera del consultorio. Mi hija se quedó sola con la profesional como 40 minutos. Como pasaba tanto tiempo y no salían, me asomé por una rendijita y vi que la nena hablaba y gesticulaba, como enojada y muy contundente. Finalmente, la psiquiatra me hizo entrar y me dijo que la nena quería contarme unos secretos. Al principio dio algunas vueltas, pero después comenzó un relato larguísimo de las cosas que le hacía o le pedía que le hiciera su papá cuando yo no estaba o dormía. Cosas que le daban asco y no le gustaban. Recuerdo que yo la miraba a la psiquiatra y no entendía nada. No sabía qué estaba pasando. No me podía imaginar a mi pareja, desde hacía 16 años, haciendo esas cosas. Pero la psiquiatra tenía la cara muy seria. Entonces yo pensé: le cree”.

Creer en los relatos de los niños y las niñas. Esa es la cuestión. Diferentes especialistas coinciden en que la reacción inicial de las madres protectoras a la revelación del abuso sexual es el shock y la negación. Esto puede ser momentáneo para algunas, pero también puede llegar a no reconocerse nunca. Solo la aceptación de que el abuso sexual tuvo lugar permite a la madre comenzar a trabajar hacia la restauración del equilibrio dentro de la unidad familiar.

Esa noche Gabriela y su hija durmieron en la casa de la abuela materna. “Empecé a averiguar, a consultar a otras personas qué estaba pasando, a buscar en Internet. Lo que me decían era que una nena de esa edad no podía inventar esas cosas si no las vivió. Empecé a internalizar el tema y vivía como en una ambigüedad: por momentos le creía y por momentos no podía creer. Recién cuatro días después de la consulta a la psiquiatra hice la denuncia”.

Correr el velo

El 26 de diciembre de 2009 se inició la causa penal por abuso sexual agravado. Denuncia que más tarde fue ampliada por el presunto delito de exhibiciones obscenas que surgieron de los relatos que el mismo imputado aportó durante pericias psicológicas y psiquiátricas ordenadas.

Por ejemplo, C.C. contó que una vez “salió en pelotas del baño” (dixit) y entró al dormitorio matrimonial donde miraban tele su mujer y su hija y ante la reacción de la mujer contestó: “Qué tiene, es mi pieza. Soy el padre”. Dio cuenta, además, de otras discusiones por su costumbre de orinar sin cerrar la puerta del baño y ante la mirada de la niña. También dijo: “Que ella (la nena) quería ser su novia […] Que ella le quería dar besos en la boca  […] que a veces entraba al baño porque quería verle orinar; que a veces ella le espiaba  […] que ante la reacción de la madre discutía pero que era el padre y que prefería que le viera el pito a él y no al vecino”.

“Era muy descuidado en esas situaciones. Aunque hoy interpreto que no era un descuido —declaró Gabriela tiempo después ante la Instrucción Judicial—. Con el correr del tiempo me fueron cayendo las fichas. Imágenes o escenas que yo recordaba y que a la luz de lo que había contado mi hija tenían otro significado. Esto surgió en parte con la terapia que estoy haciendo. A mí me ha servido mucho hablar, contar lo que pasó”.

Re-vincular con el daño

Con el camino judicial en curso, el progenitor acusado dejó de intentar comunicarse. Al día de hoy, lleva cinco años sin contacto con su hija y no conoce a la beba que nació meses después de la denuncia. Situación que significó también no hacerse cargo de la correspondiente cuota de alimentos: recién hace un mes se acordó en una audiencia un monto provisorio mensual.

Quienes, en cambio, sí solicitaron retomar contacto fueron los abuelos paternos. Sin embargo, el cuerpo técnico se expidió, en mayo de 2014, con los siguientes párrafos, entre otros: “[…] haciendo prevalecer el interés superior del niño consideramos que al momento actual la re vinculación entre (la hija mayor de Gabriela) y sus abuelos paternos resultaría negativa generando un potencial daño psíquico. […] Así las cosas al momento actual y en pos del bienestar de las niñas consideramos que ambas deben iniciar un recorrido terapéutico que les permita elaborar su historia familiar. Con el resultado de ello, se podrá pensar la posibilidad o no de reconstrucción del vínculo con sus abuelos paternos”.

Pero con el sobreseimiento —que, recordemos, no niega el abuso sino que se basa en “plazos razonables de duración del proceso”—, las reglas del juego parecen haber cambiado y entonces el denunciado inició un expediente en el Juzgado de Familia Nro. 2 de La Plata en el que pide ver a sus hijas. “Apenas salió el sobreseimiento, él solicitó un régimen de visitas. Tenemos una audiencia el próximo 6 de julio. La situación es grave para las niñas. Antes había una sola víctima, pero ahora hay dos. Igualmente, tengo esperanzas de que no se va a lograr el contacto porque la negativa de las nenas es contundente. Son claras cuando dicen que no quieren tener relación. Pero es un caso muy complejo”, detalla Fabiana Rogliano, la letrada que asesora a Gabriela en Familia.

¿Hasta cuándo?

La causa se archivó. El sobreseimiento se sostiene firme. Y el pedido de revinculación no se hizo esperar. “La impunidad podría resultar asombrosa si no fuera costumbre”, decía el escritor Eduardo Galeano. Quizás por eso no suena raro que para colmo de males Gabriela tenga que cuidarse en el trabajo: “Los dos somos ingenieros agrónomos y él está trabajando en una repartición del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) cercana a donde yo trabajo. De hecho, intentó ingresar al mismo sector. Por eso quise hacer pública la historia, porque mis abogadas me dicen que no va ayudar en la Justicia pero pienso que quizás permite un castigo social”.

 

*Periodista. Redactora de la agencia de noticias Comunicar Igualdad

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